SANTO DOMINGO. La reducción en el período de vigencia de las licencias de conducir para personas mayores de 65 años en la República Dominicana está establecida en el Decreto núm. 6-19, emitido el 8 de enero de 2019 por el entonces presidente Danilo Medina.
La disposición forma parte del Reglamento de Licencias de Conducir y se encuentra específicamente contenida en el artículo 21, relativo a la vigencia de las licencias según la edad y categoría del conductor.
Diferencias según categoría y edad
De acuerdo con el reglamento, las licencias categorías 01, 02 y 05 mantienen una vigencia de cuatro años para conductores de hasta 65 años. Sin embargo, a partir de esa edad, la duración se reduce a dos años.
En el caso de las licencias profesionales, correspondientes a las categorías 03 y 04, la vigencia pasa de tres años a un año una vez el conductor supera los 65 años.
Las autoridades han explicado que esta disposición no implica una limitación de derechos, sino un mecanismo de verificación periódica para garantizar que los conductores continúen en condiciones aptas para manejar.
“Nadie pierde su licencia por tener 65 años; solo se verifica con mayor frecuencia que esté en condiciones para conducir”, establece la normativa.
Reducción de tarifas para mayores de 65 años
En noviembre de 2024, el director ejecutivo del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), Milton Morrison, informó la reducción a la mitad del costo de renovación de las licencias para personas mayores de 65 años.
La medida fue aprobada a través del Consejo de Dirección del Intrant (CODINTRANT), luego de que durante cinco años los conductores de esa edad pagaran una tarifa correspondiente a cuatro años, pese a recibir una vigencia reducida de solo dos años.
Vigencia del decreto
Especialistas recuerdan que el Decreto 6-19 continúa vigente y que, jurídicamente, un decreto solo puede ser derogado o modificado mediante la emisión de otro decreto.