
Por Mayrelin García
La democracia dominicana no fue diseñada para excluir generaciones, sino para integrarlas. Nuestra arquitectura constitucional no reserva la representación política a quienes acumulan más años, sino a quienes cumplen los requisitos legales y cuentan con el respaldo ciudadano. Abrir espacios a los jóvenes en la política, por tanto, no es un gesto de generosidad ni una concesión circunstancial: es una consecuencia directa del modelo democrático que nos rige.
El artículo 37 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios establece que para ser alcalde, regidor o director de distrito municipal se requiere haber cumplido 18 años de edad. Es decir, desde la mayoría de edad, un ciudadano puede ejercer representación en el gobierno local. Asimismo, la Constitución de la República Dominicana dispone que para aspirar a diputado se requiere haber cumplido 25 años (artículo 82); para senador, 25 años (artículo 79); y para la Presidencia de la República, 30 años (artículo 123).
Estas disposiciones no son accidentales. Desde una lectura sistemática junto al principio de igualdad (artículo 39) y el derecho a la participación política (artículo 22, numeral 1), el mensaje constitucional es inequívoco: la juventud no solo puede votar, también puede representar. La capacidad política no está condicionada a décadas acumuladas, sino al cumplimiento de requisitos objetivos y a la voluntad soberana del electorado.
Sin embargo, todavía persiste una narrativa que intenta desacreditar la participación juvenil bajo el argumento de la supuesta inexperiencia. Esta reflexión surge a raíz de un comentario lamentable emitido por un técnico municipalista en una entrevista difundida en redes sociales, comentario que me fue compartido —con legítima indignación— por un colaborador joven. En esa intervención se insinuaba que un joven carece de condiciones para ocupar un asiento en una sala capitular simplemente por su edad. Más que un análisis técnico, aquello fue un prejuicio revestido de autoridad adultocéntrica.
La experiencia no es una variable biológica que se activa automáticamente al cumplir años. Tampoco la juventud es sinónimo de incapacidad. La competencia en la función pública depende de formación, ética, vocación de servicio y compromiso comunitario. En nuestras instituciones existen adultos que superan ampliamente las edades mínimas constitucionales y, aun así, no han demostrado eficiencia ni resultados. La edad, por sí sola, no garantiza idoneidad.
Los hechos desmontan el prejuicio. En la propia municipalidad tenemos ejemplos concretos de jóvenes que ejercen su rol con responsabilidad y compromiso. Me permito citar el caso de María Laura Báez, regidora de la circunscripción 1 del Distrito Nacional, quien representa una generación que ha asumido la función edilicia con preparación, presencia activa y enfoque en las problemáticas comunitarias. Y como ella, hay muchos otros a lo largo y ancho del territorio nacional: algunos ya ocupando cargos de elección popular; otros, preparándose para materializar esa legítima aspiración. Más allá de la edad, lo que define el ejercicio de muchos de nuestros jóvenes es la responsabilidad con que asumen su rol de fiscalización, legislación municipal y cercanía con los ciudadanos.
Y no son casos aislados. En distintos municipios del país emergen jóvenes regidores, directores distritales y alcaldes que han entendido la política local como espacio de transformación y no como plataforma de protagonismo. Son jóvenes que estudian ordenanzas, que participan en comisiones, que conocen el presupuesto municipal, que dialogan con juntas de vecinos y que comprenden que la gestión local exige técnica, sensibilidad social y capacidad de articulación.
La municipalidad es, además, el espacio natural para el relevo democrático. Es el primer nivel de gobierno, el más cercano al ciudadano, donde se gestionan asuntos concretos como el ordenamiento territorial, la planificación urbana, la recolección de residuos y la convivencia comunitaria. Impedir o desincentivar la participación juvenil en ese nivel equivale a bloquear la formación de liderazgos que mañana podrían fortalecer otros espacios en el poder legislativo o en el gobierno central.
La representación democrática exige equilibrio. Como sostenía el extinto líder político José Francisco Peña Gómez, la fortaleza democrática radica en combinar lo mejor de lo nuevo con lo mejor de lo viejo. Integrar generaciones no es desplazar; es fortalecer.
Pero más allá del debate técnico y del prejuicio coyuntural, hay una verdad que no admite ambigüedades: el constituyente dominicano ya definió hace mucho tiempo el marco de participación. Cuando la norma legal habilita a un ciudadano de 18 años para representar en el ámbito municipal, está enviando un mensaje político claro sobre confianza en la juventud y sobre renovación democrática.
Por eso el debate no puede centrarse en si un joven “debe esperar su turno”. El turno lo define el voto ciudadano, no la edad cronológica. Si cumple con los requisitos constitucionales, si está preparado y si cuenta con respaldo popular, su legitimidad no puede ser cuestionada desde prejuicios generacionales.
En definitiva, frente a cualquier intento de exclusión etaria, la respuesta es sencilla y contundente: la ley habla. Y cuando habla, lo hace con autoridad democrática. La juventud puede representar. Por todas las María Laura del país y por los jóvenes que, como mi hijo Ian Paul y varios de sus amigos, aspiran a una mejor República Dominicana y a ejercer la política desde los espacios que sueñan construir.
La articulista es experta en Planificación, Estrategia y Políticas Públicas. Actualmente Subsecretaria General de la LMD y Directora de Planificación del PRM.